La garantía para reformas y reparaciones en viviendas se rige por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) y el Código Civil. Los periodos de garantía varían según el tipo de obra realizada:
Para reformas menores y reparaciones, el período de garantía suele ser de hasta 1 año. Este tipo de trabajos incluye, por ejemplo, reparaciones de fontanería, instalaciones eléctricas, pintura, etc. Sin embargo, este periodo puede variar y ampliarse según lo acordado en el contrato entre el cliente y el contratista.
Para obras de mayor envergadura, como rehabilitaciones o reformas integrales, se aplican los siguientes periodos de garantía según la LOE:
Contratos privados. En contratos privados entre particulares y empresas de reformas, el plazo de garantía puede estar detallado específicamente en el contrato. Si no se especifica, se aplica la normativa general.
Garantía comercial. Algunas empresas pueden ofrecer garantías comerciales adicionales, que extienden los plazos mínimos legales. Es importante revisar las condiciones del contrato para conocer los detalles.
Reclamaciones. En caso de detectar defectos durante el periodo de garantía, se debe notificar al contratista por escrito para que se responsabilice de la reparación.
Documentación. Guardar todas las facturas y documentos relacionados con la obra, ya que serán necesarios en caso de reclamación.
Informe de finalización de obra. Solicitar un informe de finalización de obra que certifique que los trabajos se han completado según lo acordado y sin defectos aparentes.
Ejemplo de cláusula de garantía en un contrato
Es importante recordar que los plazos de garantía empiezan a contar desde la fecha de finalización de los trabajos, y cualquier defecto cubierto por la garantía debe ser comunicado al contratista dentro del plazo estipulado para que este lo repare sin coste adicional. Si tienes alguna duda específica o necesitas adaptar las cláusulas de garantía a tus necesidades particulares, es recomendable consultar con un asesor legal o un profesional del sector.
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